La gestión integrada de plagas consiste en examinar de forma esmerada los métodos de protección vegetal disponibles y la aplicación de medidas adecuadas para evitar el desarrollo de organismos nocivos y, al mismo tiempo, mantener el uso de productos fitosanitarios y otras formas de intervención en niveles sostenibles y que reduzcan o minimicen los riesgos para la salud humana y el medio ambiente. Fuera de la producción primaria, encontramos zonas de uso no agrario con una gran diversidad de especies vegetales utilizadas por el público en general, como los parques y jardines al aire libre, las zonas ajardinadas o los campos de deportes, entre otros. Es esencial que se lleve a cabo también un control de plagas en estas zonas de uso público, principalmente por el daño que provoquen en los vegetales y por las molestias y el peligro que supongan para las personas algunas de las especies. Unos ejemplos son las orugas de pelos urticantes o los insectos barredores, que pueden provocar la caída de ramas de árboles afectados. Por último, también es importante mantener un control para evitar que se propaguen plagas de insectos que usan los jardines como reservorios, últimamente hemos oído hablar de la garza marrón marmoleada, que desarrolla su ciclo biológico en los jardines y afecta gravemente a los cultivos.
La aplicación de productos sanitarios es, por tanto, necesaria en estos espacios y obliga a tener asesoramiento en Gestión Integrada de Plagas para seguir las mejores estrategias de lucha. Hay que tener en cuenta que los tratamientos con plaguicidas pueden afectar a los usuarios y usuarias de estos espacios públicos y puede ser peligroso para colectivos sensibles como niños, ancianos o personas con sensibilidad química múltiple. Por este motivo, y de acuerdo con la Directiva 2009/128/EC y los Reales Decretos 1311/2012 y 285/2022, es imprescindible que todos los tratamientos fitosanitarios que se realicen en ámbitos no agrarios de uso público cuenten con la supervisión de un asesor en Gestión Integrada de Plagas. Asimismo, las entidades gestoras de estos espacios deben disponer de un documento de asesoramiento (redactado y firmado por una persona asesora) y registrar todos los tratamientos fitosanitarios que se realicen en los planes de trabajo correspondientes, para garantizar así la máxima seguridad para los usuarios de estos espacios y del medio ambiente. Si es responsable de un ayuntamiento, de un camping, de un campo de golf y cree que no está cumpliendo debidamente las normativas vigentes sobre el uso sostenible de productos fitosanitarios, en SAIGA disponemos de un equipo de asesores expertos en estas temáticas que le orientarán de manera sencilla y factible.
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